Regl. 8540, art. II
PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 8540, Art. II
El propósito de este Reglamento es establecer las directrices necesarias para la implementación,
organización y funcionamiento de un sistema de inspectores en coordinación con el Colegio de
Barberos y Estilistas en Barbería. Para hacer cumplir las leyes y reglamentos aplicables a la
profesión de Barberos y Estilista en Barbería, permitiendo una relación armónica entre las partes
para beneficio de los colegiados. Y para asegurar el cumplimiento con la Ley Núm. 274 de 12 de
septiembre de 2003, la Ley Núm. 146 de 27 de junio de 1968, según enmendada, la Ley Núm.60
de 1 de julio de 1988, según enmendada y la Ley Núm. 299 de 20 de octubre de 2012.