Regl. 8543, art. 3-3.03

- Presentación de una Querella o Recurso mediante el cual se

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Cite as Reglamento Núm. 8543, Art. 3-3.03

inicie una Acción o Procedimiento Adjudicativo ante la Comisión La presentación de las querellas O recursos mediante el cual se inicie una acción 0 procedimiento adjudicativo ante la Comisión se efectuará a través del sistema de radicación electrónica de la Comisión conforme a las instrucciones que establezca la Comisión mediante orden. En caso de que el sistema de radicación electrónica no esté operando 0 no esté funcionando temporalmente, las querellas 0 recursos mediante los cuales se inicie una acción o procedimiento adjudicativo ante la Comisión se efectuará conforme a lo establecido en esta Sección y conforme a las instrucciones que establezca la Comisión mediante orden. A) Toda querella 0 recurso mediante el cual se inicie una acción 0 procedimiento adjudicativo ante la Comisión, y al menos cuatro copias de dicho documento, se presentará en la Secretaría de la Comisión junto con un proyecto de citación, en el formato que haya adoptado la Comisión, para cada uno de los promovidos. 14 B) La Secretaría de la Comisión marcará 0 ponchará la querella 0 recurso y sus copias, conservará el original y tres copias, y entregará la(s) demás copia(s) ponchada(s) 0 marcada(s) al promovente o a la persona que haya ido a presentar el documento por éste. De la marca 0 ponche de la Secretaría de la Comisión surgirá la fecha, entiéndase, el día, mes, año y hora, en que el documento fue presentado ante la Comisión. C) Al recibir y ponchar o marcar el original y las tres copias de la querella 0 recurso, la Secretaría de la Comisión expedirá la citación de cada uno de los promovidos, con su marca O ponche, de la cual surgirá la fecha de expedición de dicha citación. La citación contendrá un apercibimiento de que el promovido deberá contestar las alegaciones formuladas en la querella 0 recurso dentro de un término de veinte (20) días, contados a partir de la fecha de la notificación de la citación y de la copia de la querella 0 recurso, y que de no presentar oportunamente la contestación, la Comisión podrá anotarle la rebeldía y conceder el remedio solicitado en la querella 0 recurso.
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