Regl. 3383, art. C-15

Evaluación de las Solicitudes

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Cite as Reglamento Núm. 3383, Art. C-15

Una vez se reciba la solicitud, el Administrador estudiará ésta sujeto a lo siguiente: 1. Necesidades de la Agencia Verificará si realmente existe la necesidad en la agencia y así lo hará constar en el formulario. 2. Aceptación del Candidato Si el candidato cumple con los requisitos mínimos establecidos en este reglamento y se verifica como real la necesidad de la agencia, el Administrador en el formulario provisto para ello, le notificará al jefe de la agencia la aceptación del candidato y la fecha en que comenzará el próximo adiestramiento para Compradores en el cual se le haya inscrito señalándole la fecha, sitio y hora para ello. 3. Rechazo del Candidato Si el candidato no reúne los requisitos mínimos, se denegará el nombramiento automáticamente y se devolverá la solicitud, explicando en el formulario, los fundamentos para ello. a. Aprobación de Necesidad No obstante el rechazo del candidato, si el Administrador entiende que la agencia tiene la necesidad de un Comprador deberá así notificarlo para que la agencia someta nuevo candidato. -17-
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