Regl. 3383, art. C-15
Evaluación de las Solicitudes
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Cite as Reglamento Núm. 3383, Art. C-15
Una vez se reciba la solicitud, el Administrador estudiará
ésta sujeto a lo siguiente:
1. Necesidades de la Agencia
Verificará si realmente existe la necesidad en la agencia y asà lo hará constar en el formulario.
2. Aceptación del Candidato
Si el candidato cumple con los requisitos mÃnimos establecidos en este reglamento y se verifica como real la
necesidad de la agencia, el Administrador en el formulario
provisto para ello, le notificará al jefe de la agencia la
aceptación del candidato y la fecha en que comenzará el
próximo adiestramiento para Compradores en el cual se le
haya inscrito señalándole la fecha, sitio y hora para ello.
3. Rechazo del Candidato
Si el candidato no reúne los requisitos mÃnimos, se
denegará el nombramiento automáticamente y se devolverá
la solicitud, explicando en el formulario, los fundamentos
para ello.
a. Aprobación de Necesidad
No obstante el rechazo del candidato, si el Administrador entiende que la agencia tiene la necesidad de un
Comprador deberá asà notificarlo para que la agencia
someta nuevo candidato.
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