Regl. 3383, art. C-17

Evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 3383, Art. C-17

Con posterioridad al adiestramiento, se evaluarán los candidatos para determinar su aprovechamiento. 1. Aprobación Se estimará aprobado el adiestramiento si el candidato cumplió con lo siguiente: a. Asisti6 a todas las conferencias 1) Certificado Esto se comprobará con el certificado acreditativo de que asistió al curso el cual se expedirá y entregará a los candidatos a la terminación de la fase de las conferencias. b. Demostró en las prácticas su capacidad para el cumplimiento de las funciones, obligaciones y deberes que conlleva el nombramiento. -19- SECCION E: NOMBRAMIENTO
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