Regl. 8543, art. XIV-14.03

- Respuesta al Aviso de Incumplimiento

Length: 491 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8543, Art. XIV-14.03

A) Toda respuesta a un Aviso de Incumplimiento contendrá la siguiente información: 1) El nombre, apellidos (en caso de tratarse de una persona natural), dirección física, dirección postal, teléfono y dirección de correo electrónico de la parte avisada, y de su abogado en caso de estar representada. Cuando una parte avisada esté siendo representada por un abogado, éste deberá incluir además su número en el Registro Único de Abogados y Abogadas; 2) El número del caso ante la Comisión de Energía (según indicado en el Aviso); 3) La posición de la parte avisada sobre el incumplimiento que se le imputa en el Aviso, así como sus defensas, si alguna; 4) Referencia a toda información y documento que sustente la posición de la parte avisada y sus defensas; 5) El nombre, apellidos, dirección física, dirección postal, teléfono y dirección de correo electrónico, si se conoce, de toda persona que tenga información en apoyo de las defensas que, según la respuesta, asisten a la parte avisada. Se incluirá un resumen de lo que testificaría cada una de estas personas, en caso de ser citadas para testificar por la Comisión; 6) La fecha en que se presentó la respuesta ante la Comisión; 44 7) La firma de la parte avisada 0 de su abogado, en caso de estar representada. La firma de la parte 0 de su abogado constituirá una certificación de que ha leído el escrito bajo su firma y que, según su mejor conocimiento, información y creencia formada luego de una investigación razonable, el contenido del escrito es cierto 0 correcto. B) Toda respuesta a un Aviso deberá incluir, como anejo, copia de todo documento que sustente la posición y defensas de la parte avisada. C) Al presentar su respuesta al Aviso en la Secretaría de la Comisión, la parte avisada deberá llevar el original y al menos cuatro copias de su respuesta al Aviso. La parte avisada también deberá acompañar junto a su respuesta los proyectos de citación para proponer la citación de las personas identificadas con conocimiento de información en apoyo a los planteamientos de la parte avisada. D) Todo abogado que haya comparecido ante la Comisión en un procedimiento de Aviso de Incumplimiento en representación de una parte avisada, y que durante el procedimiento, renuncie a la representación legal de dicha parte, deberá notificarlo mediante comparecencia por escrito a la Comisión en 0 antes del término de diez (10) días previo a que sea efectiva su renuncia. De tratarse de una renuncia imprevista, deberá notificarlo dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la fecha en que la renuncia sea efectiva. E) Si durante el trámite del procedimiento de Aviso de Incumplimiento, ocurre algún cambio en la información de contacto de una parte avisada 0 de su abogado, ésta deberá informar a la Comisión sobre el cambio correspondiente dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la fecha en que ocurrió el cambio.
Regl. 8543, art. XIV-14.03: - Respuesta al Aviso de Incumplimiento | Justis AI