Regl. 8543, art. XV-15.08
- Objeciones y Comentarios al Informe
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Cite as Reglamento Núm. 8543, Art. XV-15.08
Toda persona investigada tendrá oportunidad de presentar, por escrito, sus
objeciones, planteamientos 0 comentarios debidamente fundamentados sobre el
informe de la Comisión. Las objeciones, planteamientos 0 comentarios sobre el
informe deberán ser presentados dentro del término de veinte (20) días siguientes a
la notificación del informe.