Regl. 8548, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 8548, Art. 2
Este Reglamento se adopta en virtud de la Ley Núm. 43 del 21 de junio de 1988,
según enmendada, conocida como la "Ley del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico",
que crea entre otros el Negociado de Prevención de Incendios, Ley Núm. 170 del 12
de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento
Administrativo uniforme de Puerto Rico", el código para la prevención de Incendios
del cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, aprobada el 1 de noviembre de 1989 y la
Orden General 96-1 del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, aprobada el 12 de abril
de 1996, que crea las diferentes divisiones en el Negociado de Prevención de
Incendios.