Regl. 8550, art. 14
Sistema de Rango
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Cite as Reglamento NĂşm. 8550, Art. 14
En la Reserva de la PolicĂa de Puerto Rico, no imperará el sistema de rango.
Todos los Reservistas tendrán iguales derechos y prerrogativas, conforme al
contrato de servicios vigente.
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