Regl. 3383, art. C-33
Distribución de las Ordenes
Length: 112 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3383, Art. C-33
Los Compradores al emitir una orden de compra tendrán que
identificar si el producto es de Puerto Rico, Estados Unidos
0 extranjero.
Tendrán que distribuir inmediatamente las copias de dicha
orden en las cantidades señaladas en las instrucciones del
formulario, a los siguientes:
1. Receptor Oficial de su agencia
2. Encargado de la Propiedad
a. Si la orden fuere para adquirir equipo
3. Delegado Comprador
a. Si la orden la expidió un Subdelegado y la acompaña
con el Informe Mensual
4. Jefe de Finanzas de su agencia
5. Departamento de Hacienda
6. Administración de Servicios Generales
EXCEPCION: La copia a ser enviada a la Administración
se hará con el Informe Mensual.
-32-