Regl. 8550, art. 9 dup2
Formalización del Contrato de Servicios
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Cite as Reglamento Núm. 8550, Art. 9 dup2
Aprobados satisfactoriamente todos los requisitos establecidos, se procederá a
formalizar el contrato de servicios entre el Superintendente y el interesado. El
contrato de servicios cumplirá con todos los requisitos establecidos por Ley.
Una vez formalizado el contrato, el Reservista será referido a la unidad de
trabajo donde prestará servicios. AI tratarse de un contrato de servicios (y no de
un contrato de servicios profesionales), no se requerirá dispensa alguna de la
Oficina de Ética Gubernamental.