Regl. 8550, art. 9 dup2

Formalización del Contrato de Servicios

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Cite as Reglamento Núm. 8550, Art. 9 dup2

Aprobados satisfactoriamente todos los requisitos establecidos, se procederá a formalizar el contrato de servicios entre el Superintendente y el interesado. El contrato de servicios cumplirá con todos los requisitos establecidos por Ley. Una vez formalizado el contrato, el Reservista será referido a la unidad de trabajo donde prestará servicios. AI tratarse de un contrato de servicios (y no de un contrato de servicios profesionales), no se requerirá dispensa alguna de la Oficina de Ética Gubernamental.
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