Regl. 8558, art. 10-10.02
- Laudo en Ausencia de Parte
Length: 62 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8558, Art. 10-10.02
A) Cuando alguna de las partes que haya dejado de comparecer a los
procedimientos, el árbitro podrá continuar el curso del procedimiento de
arbitraje y dictar el laudo basándose en las pruebas ante sÃ.
B) No obstante lo dispuesto en el inciso (A) de esta Sección, no se concederá un
laudo por el mero hecho de la ausencia de una parte.
29