Regl. 8558, art. 5-5.03

- Confidencialidad

Length: 305 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8558, Art. 5-5.03

A) Como regla general, la información y los documentos ofrecidos, discutidos presentados O compartidos durante los procedimientos de mediación, así como los expedientes de trabajo generados durante los procedimientos de mediación, serán privilegiados y confidenciales. B) Serán confidenciales las comunicaciones entre las partes, las comunicaciones entre las partes y el mediador, y las comunicaciones emitidas por el mediador a las partes en relación con el procedimiento de mediación. C) Las partes se abstendrán de hacer referencia alguna a los procedimientos y asuntos objeto de la mediación en foros O a personas ajenas al procedimiento de mediación. D) Las normas de confidencialidad a las cuales se refiere esta Sección no aplicarán a los trámites previo al inicio y tras la terminación del procedimiento de mediación, a la notificación de la terminación del proceso de mediación, ni a transacción 0 acuerdo alguno logrado por las partes como resultado del procedimiento de mediación. E) Durante el procedimiento de mediación, el mediador, las partes y sus abogados, así como los peritos, testigos y cualesquiera otros terceros que se hayan involucrado en dicho procedimiento, mantendrán y protegerán la confidencialidad de la información y de cualquier documento que se haya ofrecido, discutido, presentado 0 compartido durante el procedimiento de mediación. F) Los documentos creados, obtenidos 0 producidos por una parte previo al 17 procedimiento de mediación no estarán cubiertos por las normas de confidencialidad establecidas en esta Sección. En vista de ello, dichos documentos podrán ser utilizados y divulgados por las partes, sujeto a los límites, privilegios y responsabilidades establecidas en las Reglas de Evidencia 0 en cualquier otra ley 0 reglamento aplicable. G) Salvo que de otro modo se acuerde entre las partes, las reuniones llevadas a cabo durante el procedimiento de mediación serán privadas y no estarán abiertas a personas que no estén participando en el procedimiento de mediación.
Regl. 8558, art. 5-5.03: - Confidencialidad | Justis AI