Regl. 8560, art. 8

Informe Anual del Programa

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Cite as Reglamento Núm. 8560, Art. 8

Al finalizar cada año fiscal, el(la) Presidente(a) de la Corporación someterá a la Asamblea Legislativa, por conducto de la Junta de Directores, un informe anual sobre la labor realizada en el Programa, en cumplimiento de los fines y propósitos consignados en la Ley Núm. 223.
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