Regl. 8561, art. IV

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 8561, Art. IV

Este Reglamento se promulga de acuerdo con las facultades conferidas al Secretario del DTOP mediante la Ley 238-2014; la Ley Número 22-2000, según enmendada, conocida como la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico; y la Ley Número 170 3 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
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