Regl. 8566, art. 15
FORMA DE LOS BOLETOS DE ADMISIÓN
Cite as Reglamento Núm. 8566, Art. 15
A. Todo boleto de admisión deberá estar redactado, expresado y presentado en tal forma
que lleve a la mente de la persona de edad avanzada toda aquella información relevante
que le sea esencial y necesaria conocer sobre sus derechos y beneficios, libre de toda
ambigüedad que pueda tender a confundirlo.
B. La letra más pequeña del boleto de admisión no será menor de diez (10) puntos.
C. Ningún boleto de admisión incluirá signos, abreviaturas O siglas incomprensibles 0
técnicas que puedan tender a crear en la persona de edad avanzada una imagen errónea
sobre sus derechos y beneficios.