Regl. 8567, art. 17 dup2

FORMA DE LA GARANTÍA

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Cite as Reglamento Núm. 8567, Art. 17 dup2

Toda garantía deberá estar redactada en español, a menos que el consumidor exprese su preferencia por la redacción en inglés, en cuyo caso se le entregará redactada en ambos idiomas. De surgir discrepancias entre ambos textos, prevalecerá la versión en español. Dicha garantía deberá expresar, entre otras cosas: a. Duración. b. Partes O piezas garantizadas. C. Partes o piezas no garantizadas. d. Forma y manera en que el consumidor podrá reclamarla. 13 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor e. Nombre y dirección de la persona O entidad responsable de honrarla, según indicado por el vendedor y aceptado previamente por el proveedor del servicio. f. Exponer en forma clara y precisa las circunstancias bajo las cuales el consumidor puede perder el derecho a reclamarla. g. Que toda garantía en vigor será transferible a cualquier consumidor subsiguiente, sin costo alguno, por el tiempo que reste de la misma. h. Exponer en forma clara y precisa el derecho del consumidor a ser provisto de un equipo de similar naturaleza, según los términos de este reglamento, si la reparación de un equipo cubierto por una garantía expresa tomara más de tres (3) días y que la provisión del equipo sustituto no acarreará costo alguno para el consumidor.
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