Regl. 8567, art. 17 dup2
FORMA DE LA GARANTÍA
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Cite as Reglamento Núm. 8567, Art. 17 dup2
Toda garantía deberá estar redactada en español, a menos que el consumidor
exprese su preferencia por la redacción en inglés, en cuyo caso se le entregará
redactada en ambos idiomas. De surgir discrepancias entre ambos textos, prevalecerá
la versión en español. Dicha garantía deberá expresar, entre otras cosas:
a. Duración.
b. Partes O piezas garantizadas.
C. Partes o piezas no garantizadas.
d. Forma y manera en que el consumidor podrá reclamarla.
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO
Departamento de Asuntos del Consumidor
e. Nombre y dirección de la persona O entidad responsable de honrarla,
según indicado por el vendedor y aceptado previamente por el proveedor
del servicio.
f. Exponer en forma clara y precisa las circunstancias bajo las cuales
el consumidor puede perder el derecho a reclamarla.
g. Que toda garantía en vigor será transferible a cualquier consumidor
subsiguiente, sin costo alguno, por el tiempo que reste de la misma.
h. Exponer en forma clara y precisa el derecho del consumidor a ser provisto
de un equipo de similar naturaleza, según los términos de este reglamento,
si la reparación de un equipo cubierto por una garantía expresa tomara más
de tres (3) días y que la provisión del equipo sustituto no acarreará costo
alguno para el consumidor.