Regl. 8567, art. 5

EXCEPCIONES

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Este Reglamento no será aplicable a transacciones privadas de compraventa de 7 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor equipos de asistencia tecnológica. Se entenderá por transacción privada aquella efectuada fuera del curso regular de los negocios por personas que no se dediquen al comercio 0 al negocio de compra y venta de equipos de asistencia tecnológica.
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