Regl. 8567, art. 8 dup2

RESPONSABILIDADES DE LOS PROVEEDORES

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Cite as Reglamento Núm. 8567, Art. 8 dup2

A. Proveer a los consumidores, según las leyes federales y estatales, el equipo de asistencia tecnológica, a través de un manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado o arrendador autorizado. B. Velar por que la garantía de los equipos de asistencia tecnológica que se proveen a personas con impedimentos cumpla con las normas que este Reglamento establece. Velar, además, por que se cumplan todas las leyes federales aplicables. C. A fin de evitar que se afecte negativamente la garantía de los equipos de asistencia tecnológica que se provee a las personas con impedimentos, el proveedor deberá implantar procedimientos de administración que aceleren la entrega de dichos equipos. D. Entregar el equipo de asistencia tecnológica a la persona con impedimento, dentro de un término de diez (10) días, a partir de la fecha en que el manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado O arrendador autorizado se lo entregue al proveedor. E. Supervisar la calidad de servicio que brinde el manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado o arrendador autorizado, cuando instale el 9 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor equipo de asistencia tecnológica. F. Supervisar que el equipo de asistencia tecnológica que el manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado o arrendador autorizado instale, funcione adecuadamente. G. Supervisar que el manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado o arrendador autorizado, provea adiestramiento adecuado en el uso y manejo del equipo de asistencia tecnológica entregado. H. Reportar al manufacturero, suplidor, distribuidor, vendedor autorizado O arrendador autorizado cualquier desperfecto que sufra el equipo de asistencia tecnológica dentro del término de la garantía de éste. También, será responsable de solicitar los documentos de garantía del equipo de asistencia tecnológica transferido, cuando la transferencia ocurra antes de que expire la garantía aplicable.
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