Regl. 8568, art. 2
Reglamento para Implantar la Publicación de la Política de Privacidad en el Manejo de Datos Privados y Personales de Ciudadanos, según Recopilados en Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 8568, Art. 2
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PROPÓSITO
Este conjunto de reglas se adopta con el propósito de establecer las normas que
habrán de regir la manera en que todo comercio publicará sus políticas de privacidad,
referentes a la información sobre datos personales de sus consumidores O clientes que
recopile como parte de sus transacciones comerciales cibernéticas. El Departamento de
Asuntos del Consumidor velará por la implementación y fiscalización de estas normas.