Regl. 8568, art. 4

Reglamento para Implantar la Publicación de la Política de Privacidad en el Manejo de Datos Privados y Personales de Ciudadanos, según Recopilados en Puerto Rico.

Length: 174 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8568, Art. 4

INTERPRETACIÓN (a) Este Reglamento deberá interpretarse liberalmente a favor del consumidor y con el ánimo de cumplir con los mandatos de la Ley Núm. 39, supra y de la Ley Núm. 5, supra. BI ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor (b) En el caso de que alguna ley, reglamento 0 disposición federal sobre manejo de información personal sea de aplicación a alguna industria 0 entidad en específico, este Reglamento se interpretará de manera consistentemente con dicha ley, reglamento o disposición federal. (c) En caso de discrepancias entre el texto original en español y su traducción al inglés, prevalecerá el texto en español. (d) Las palabras y frases utilizadas en este Reglamento se interpretaran según el contexto en que sean utilizadas y tendrán el significado sancionado por el uso común y corriente del idioma. (e) En los casos aplicables, las palabras utilizadas en el tiempo presente incluyen también el futuro; las utilizadas en el género masculino incluyen el femenino; el singular incluye el plural y el plural incluye el singular.
Regl. 8568, art. 4: Reglamento para Implantar la Publicación de la Política de Privacidad en el Manejo de Datos Privados y Personales de Ciudadanos, según Recopilados en Puerto Rico. | Justis AI