Regl. 8568, art. 5

Reglamento para Implantar la Publicación de la Política de Privacidad en el Manejo de Datos Privados y Personales de Ciudadanos, según Recopilados en Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 8568, Art. 5

- DEFINICIONES Para propósitos de este Reglamento y de los anejos u órdenes administrativas que se aprueben en virtud del mismo, las siguientes palabras o términos, tendrán los significados que a continuación se expresan, excepto donde el contexto claramente exprese otra cosa: (a) "Comercio"- Establecimiento comercial donde se llevan a cabo transacciones comerciales sobre bienes y servicios con personas que los adquieren para su uso o disposición personal sin ánimo de reventa. El 2 BIF ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor término Comercio incluye, cuando sea apropiado, al Operador de Página de Internet según definido en este Reglamento. (b) "Departamento" - Departamento de Asuntos del Consumidor. (c) "Información Personal" - significa cualquier nombre O número que pueda utilizarse, por sí mismo o junto con cualquier otra información, para identificar a un individuo en específico, incluyendo, pero sin limitarse, a: Nombre y apellidos; Número de seguro social; Fecha y/o lugar de nacimiento; Estado civil; Género; Dirección física O postal; Código postal; Dirección de correo electrónico; Número de teléfono; Número de licencia de conducir; Número de pasaporte; Huella(s) dactilar(es); 3 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor Grabaciones de voz; Imágenes de retina; y Cualquier otra información que permita identificar, física o electrónicamente, a una persona natural. (d) "Internet"- es la Red Mundial de Comunicaciones que conecta computadoras alrededor del mundo. Esta red de comunicaciones permite al usuario conectarse a miles de computadoras y acceder su información. (e) "Ley" - Ley Número 39 del 24 de enero de 2012 y sus enmiendas prospectivas. (f) "Operadores de páginas"- significa cualquier persona natural O jurídica residente O que haga negocios en 0 desde Puerto Rico que sea dueña y/u operadora de una página localizada en Internet 0 de cualquier servicio en línea que se encuentre dirigido principalmente hacia la obtención de un beneficio mercantil O de remuneración monetaria y que por cualquier medio recopile y/o conserve información personal de usuarios residentes de Puerto Rico. Esta definición excluye a los proveedores de servicio de Internet que no sean dueños y/u operadores de las páginas en cuestión. (g) "Persona que recopila información personal"- significa cualquier persona natural O jurídica que incurra en actividades comerciales dirigidas principalmente hacia la obtención de un beneficio mercantil o de remuneración monetaria y que en el curso de dichas actividades, por 4 1317 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Asuntos del Consumidor cualquier medio recopile y/o conserve información personal de residentes de Puerto Rico. (h) "Política de Privacidad"- significa un documento que describa las prácticas de recopilación, manejo y disposición de Información Personal. (i) "Secretario" Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor. (j) "Usuarios"- cualquier persona natural que acceda a una página de Internet O servicio en línea operado por una persona O entidad residente en Puerto Rico que recopile y/o conserve información personal.
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