Regl. 8568, art. 5
Reglamento para Implantar la Publicación de la Política de Privacidad en el Manejo de Datos Privados y Personales de Ciudadanos, según Recopilados en Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 8568, Art. 5
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DEFINICIONES
Para propósitos de este Reglamento y de los anejos u órdenes administrativas que se
aprueben en virtud del mismo, las siguientes palabras o términos, tendrán los
significados que a continuación se expresan, excepto donde el contexto claramente
exprese otra cosa:
(a) "Comercio"- Establecimiento comercial donde se llevan a cabo
transacciones comerciales sobre bienes y servicios con personas que los
adquieren para su uso o disposición personal sin ánimo de reventa. El
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término Comercio incluye, cuando sea apropiado, al Operador de Página
de Internet según definido en este Reglamento.
(b)
"Departamento" - Departamento de Asuntos del Consumidor.
(c)
"Información Personal" - significa cualquier nombre O número que pueda
utilizarse, por sí mismo o junto con cualquier otra información, para
identificar a un individuo en específico, incluyendo, pero sin limitarse, a:
Nombre y apellidos;
Número de seguro social;
Fecha y/o lugar de nacimiento;
Estado civil;
Género;
Dirección física O postal;
Código postal;
Dirección de correo electrónico;
Número de teléfono;
Número de licencia de conducir;
Número de pasaporte;
Huella(s) dactilar(es);
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Grabaciones de voz;
Imágenes de retina; y
Cualquier otra información que permita identificar, física o
electrónicamente, a una persona natural.
(d) "Internet"- es la Red Mundial de Comunicaciones que conecta
computadoras alrededor del mundo. Esta red de comunicaciones permite
al usuario conectarse a miles de computadoras y acceder su información.
(e)
"Ley" - Ley Número 39 del 24 de enero de 2012 y sus enmiendas
prospectivas.
(f)
"Operadores de páginas"- significa cualquier persona natural O jurídica
residente O que haga negocios en 0 desde Puerto Rico que sea dueña y/u
operadora de una página localizada en Internet 0 de cualquier servicio en
línea que se encuentre dirigido principalmente hacia la obtención de un
beneficio mercantil O de remuneración monetaria y que por cualquier medio
recopile y/o conserve información personal de usuarios residentes de
Puerto Rico. Esta definición excluye a los proveedores de servicio de
Internet que no sean dueños y/u operadores de las páginas en cuestión.
(g)
"Persona que recopila información personal"- significa cualquier persona
natural O jurídica que incurra en actividades comerciales dirigidas
principalmente hacia la obtención de un beneficio mercantil o de
remuneración monetaria y que en el curso de dichas actividades, por
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cualquier medio recopile y/o conserve información personal de residentes
de Puerto Rico.
(h)
"Política de Privacidad"- significa un documento que describa las prácticas
de recopilación, manejo y disposición de Información Personal.
(i)
"Secretario" Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
(j)
"Usuarios"- cualquier persona natural que acceda a una página de Internet
O servicio en línea operado por una persona O entidad residente en Puerto
Rico que recopile y/o conserve información personal.