Regl. 8569, art. C-1
Se aprueba y adopta este Reglamento con los siguientes propósitos
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Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-1
fundamentales:
1.1 Actualizar las necesidades de tratamiento, recuperación y rehabilitación;
1.2 Proteger a las poblaciones afectadas por trastornos mentales con unos
servicios adecuados a la persona;
1.3 Consignar de manera inequívoca sus derechos a recibir los servicios de salud
mental, incluyendo los de los menores de edad;
1.4 Promover la erradicación de los prejuicios y estigmas contra la persona que
padece de trastornos mentales;
1.5 Proveer unas guías precisas a los profesionales de la salud mental sobre los
derechos de las personas que reciben servicios de salud mental;
1.6 Determinar los procesos necesarios para salvaguardar los derechos que
mediante Ley se establecen;
1.7 Armonizar los cambios que han experimentado las instituciones que proveen
servicios con el establecimiento de la Reforma de Salud;
1.8 Resaltar y establecer los principios básicos y los niveles de cuidado en los
servicios prestados;
1.9 Destacar los aspectos de recuperación y rehabilitación como parte integrante
del tratamiento así como la prevención; e
1.10 Incluir todos los servicios que se prestan a la población para los trastornos
relacionados al abuso, dependencia, e inducidos por drogas 0 alcohol, entre ellos
organizaciones de base comunitaria con O sin fines de lucro.