Regl. 8569, art. C-12

Provisiones para Adultos con Trastornos Mentales Severos.

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Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-12

12.1 Las poblaciones con enfermedades mentales severas, por el nivel de intensidad y las múltiples necesidades de su condición, requieren de una atención particular y especial en cuanto a los sistemas de cuidado de salud mental, para que puedan tomar la decisión de participar y mantenerse en tratamiento, al igual que para lograr y conservar la estabilización de síntomas y signos. 12.2 Los adultos que padezcan de trastornos mentales severos, según se define en este Reglamento, recibirán servicios continuados, congruentes y abarcadores de acuerdo al trastorno, el nivel de severidad y de cuidado por categorías, por medio de colaboraciones entre el sector público y privado, para así desarrollar las siguientes iniciativas entre los proveedores de servicios de salud mental: 12.2.1 Desarrollar, establecer y ofrecer los servicios con enfoque familiar, comunitario y de manejo de casos "case management"; 12.2.2 Fomentar y promover el desarrollo de grupos de apoyo para las personas con trastornos mentales, emocionales y sus familias; 31 12.2.3 Promover la participación de los familiares O representantes en la planificación de los servicios de salud mental de la persona. 12.2.4 Establecer programas de mantenimiento con medicamentos cuando aplique a su diagnóstico y trastorno de acuerdo a las regulaciones establecidas por los organismos federales y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción; 12.2.5 Desarrollar servicios 0 estrategias colaborativas para participar en actividades de alcance "outreach" 0 proveer servicios a aquellas personas identificadas con necesidad de tratamiento bajo estas estrategias; 12.2.6 Establecer prioridad en la evaluación, diagnóstico y tratamiento interdisciplinario para las personas con dependencia a drogas y alcohol, con especial atención, a las personas con múltiples diagnósticos mentales y comórbidos que usualmente sufre la mayoría de estos pacientes. 12.2.7 Ofrecer estrategias de intervención de prevención de recaídas y de mantenimiento a largo plazo para los trastornos de abuso y dependencia a sustancias y alcohol, así como de manejo eficiente de los síntomas y signos, y circunstancias precipitantes de otros trastornos mentales.
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