Regl. 8569, art. C-1 dup20

El menor que recibe servicios de salud mental será acreedor de los siguientes

Length: 335 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-1 dup20

derechos específicos: 1.1 Acceso a Servicios: 1.1.1 Todo menor tendrá acceso a los servicios de salud mental, a tono con las especializaciones 0 subespecializaciones, por etapa de vida, género, edad y nivel de cuidado, a tenor con su diagnóstico y severidad de los síntomas y signos en el momento de recibir tratamiento. El acceso a estos servicios no podrá limitarse de ninguna manera. 1.1.2 Los servicios de tratamiento deben proveerse en un orden continuado y de acuerdo al nivel de intensidad, según la severidad de los síntomas y signos, para lograr la recuperación en un nivel de funcionamiento razonable. 1.1.3 Los menores que reciben servicios de salud mental no serán objeto de discrimen ni prejuicio y tendrán acceso a dichos servicios, sin distinción del diagnóstico y severidad de su trastorno mental. Este derecho no podrá ser limitado por la existencia de alguna condición O impedimento físico. 1.1.4 No existirá distinción entre un trastorno mental y cualquier otra condición médica en términos de acceso del menor a los servicios que necesite. Esta prohibición se extiende a todas las entidades obligadas en virtud de este Reglamento las cuales quedan impedidas de establecer programas, servicios 0 modalidades de tratamiento en las que se trate de manera distinta y discriminatoria a las personas que reciben servicios de salud mental de otras personas que reciban servicios por motivo de cualquier otra condición médica. 1.1.5 La utilización de los servicios de salud mental la determinará el equipo inter 0 multidisciplinario, a base de la necesidad clínica justificada. 1.1.5.1 La necesidad clínica justificada se fundamentará en el diagnóstico y en la severidad de los síntomas y signos del trastorno mental, según se define en el manual de clasificación de trastornos que esté vigente al momento. 1.1.5.2 La necesidad clínica justificada incluirá el plan individual de tratamiento o rehabilitación, los profesionales responsables de implantarlo y el tiempo estimado para el alta del servicio. Esta determinación incluirá lo siguiente: 1.1.5.2.1 Atributos de la persona atendida (edad, género, escolaridad, ocupación, estado civil, entre otros); 108
Regl. 8569, art. C-1 dup20: El menor que recibe servicios de salud mental será acreedor de los siguientes | Justis AI