Regl. 8569, art. C-1 dup29

Todo adulto que voluntaria O involuntariamente, recurra a un ente, con 0 sin

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Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-1 dup29

fines de lucro, que ofrezca servicios de salud mental o rehabilitación a drogas 0 alcohol, recibirá por parte de la agencia, organización, institución, o programa de pacientes drogodependientes los siguientes servicios: 1.1 Educación de planificación familiar por un médico o Profesional de la Salud con adiestramientos y amplia experiencia en Planificación Familiar. Con un mínimo de treinta (30) minutos de contacto y el tiempo máximo que se estime necesario para el entendimiento del paciente. 1.2 Pruebas preventivas y de diagnósticos, según indicadas por las Guías de Prevención Clínica, como PAP, mamografía, ITS, entre otras. 1.3 Tratamiento con Metadona a mujeres embarazadas dependientes de opiáceos, siguiendo las guías "Methadone Treatment for Pregnant Women", publicación del "US Department of Health and Human Services". 1.4 Coordinación para el tratamiento anticonceptivo con un médico Ginecólogo, para mujeres; y Urólogos, para hombres, con un máximo de veinticuatro (24) horas para contestar su consulta. 1.5 El tratamiento será completamente libre de costo para el paciente. Este programa será sufragado por el Departamento de Salud, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, el Programa Federal de Título X del Acta de Servicios de Salud Pública (PHSA, por sus siglas en inglés) creado por la Ley 91-572 de 1970; en colaboración de cualquier otro programa de prevención y educación en salud, dirigido a hombres y mujeres con trastornos a sustancias, que trabaje con fondos públicos. 1.6 El tratamiento debe elegirse entre médico-paciente (aquellos pacientes que no estén aptos para tomar decisiones deberán estar acompañados de su tutor) tomando en consideración la salud mental y orgánica del paciente. El tratamiento será completamente de forma voluntaria para el paciente. 1.7 Toda agencia, institución, 0 cualquier otro ente que ofrezca servicios de rehabilitación de drogas y alcohol tendrá la obligación de ofrecer al paciente el Programa de Planificación Familiar durante el periodo de rehabilitación del paciente dependiente, y no más tarde de cuarenta y ocho (48) a setenta y dos (72) horas antes del alta del paciente. 1.8 Tendrá la obligación de entregar informes trimestrales al Departamento de Salud. 104 1.3 Una evaluación y diagnóstico psiquiátrico que incluya una evaluación global de funcionamiento GAF- EJE V del DSM-IV 0 ediciones subsiguientes, el Código Internacional de Diagnóstico en su edición novena O subsiguientes O el "Code of Procedural Terminology" (CPT, por sus siglas en inglés) vigente al momento o ediciones subsiguientes. Esta evaluación deberá estar completa dentro de las próximas setenta y dos (72) horas al ingreso de la persona al servicio ambulatorio. 1.4 Una evaluación psicológica. Al momento del ingreso al servicio ambulatorio se requerirá una entrevista con el psicólogo clínico. Se considerarán resultados de las pruebas psicológicas a las que fue sometida la persona en un servicio previo, si las hubiese. 1.5 Una evaluación social. Al momento del ingreso al servicio ambulatorio se requerirá una entrevista con el trabajador social. Se considerará información u otras entrevistas a las que fue sometida la persona en un servicio previo, si las hubiese. 1.6 Un diagnóstico psiquiátrico en sus cinco (5) ejes, según el DSM-IV-TR 0 según el manual clínico vigente al momento; y 1.7 Un cernimiento de sustancias por un consejero de adicciones, cuando sea clínicamente indicado, para descartar o evaluar el abuso y/o dependencia a sustancias; y 1.8 El historial clínico.
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