Regl. 8569, art. C-1 dup29
Todo adulto que voluntaria O involuntariamente, recurra a un ente, con 0 sin
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fines de lucro, que ofrezca servicios de salud mental o rehabilitación a drogas 0 alcohol,
recibirá por parte de la agencia, organización, institución, o programa de pacientes
drogodependientes los siguientes servicios:
1.1 Educación de planificación familiar por un médico o Profesional de la Salud
con adiestramientos y amplia experiencia en Planificación Familiar. Con un
mÃnimo de treinta (30) minutos de contacto y el tiempo máximo que se estime
necesario para el entendimiento del paciente.
1.2 Pruebas preventivas y de diagnósticos, según indicadas por las GuÃas de
Prevención ClÃnica, como PAP, mamografÃa, ITS, entre otras.
1.3 Tratamiento con Metadona a mujeres embarazadas dependientes de
opiáceos, siguiendo las guÃas "Methadone Treatment for Pregnant Women",
publicación del "US Department of Health and Human Services".
1.4 Coordinación para el tratamiento anticonceptivo con un médico Ginecólogo,
para mujeres; y Urólogos, para hombres, con un máximo de veinticuatro (24)
horas para contestar su consulta.
1.5 El tratamiento será completamente libre de costo para el paciente. Este
programa será sufragado por el Departamento de Salud, la Administración de
Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, el Programa Federal de TÃtulo
X del Acta de Servicios de Salud Pública (PHSA, por sus siglas en inglés)
creado por la Ley 91-572 de 1970; en colaboración de cualquier otro programa
de prevención y educación en salud, dirigido a hombres y mujeres con
trastornos a sustancias, que trabaje con fondos públicos.
1.6 El tratamiento debe elegirse entre médico-paciente (aquellos pacientes que
no estén aptos para tomar decisiones deberán estar acompañados de su tutor)
tomando en consideración la salud mental y orgánica del paciente. El
tratamiento será completamente de forma voluntaria para el paciente.
1.7 Toda agencia, institución, 0 cualquier otro ente que ofrezca servicios de
rehabilitación de drogas y alcohol tendrá la obligación de ofrecer al paciente
el Programa de Planificación Familiar durante el periodo de rehabilitación del
paciente dependiente, y no más tarde de cuarenta y ocho (48) a setenta y dos
(72) horas antes del alta del paciente.
1.8 Tendrá la obligación de entregar informes trimestrales al Departamento de
Salud.
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1.3 Una evaluación y diagnóstico psiquiátrico que incluya una evaluación global
de funcionamiento GAF- EJE V del DSM-IV 0 ediciones subsiguientes, el Código
Internacional de Diagnóstico en su edición novena O subsiguientes O el "Code of
Procedural Terminology" (CPT, por sus siglas en inglés) vigente al momento o
ediciones subsiguientes. Esta evaluación deberá estar completa dentro de las
próximas setenta y dos (72) horas al ingreso de la persona al servicio ambulatorio.
1.4 Una evaluación psicológica. Al momento del ingreso al servicio ambulatorio se
requerirá una entrevista con el psicólogo clÃnico. Se considerarán resultados de
las pruebas psicológicas a las que fue sometida la persona en un servicio previo,
si las hubiese.
1.5 Una evaluación social. Al momento del ingreso al servicio ambulatorio se
requerirá una entrevista con el trabajador social. Se considerará información u
otras entrevistas a las que fue sometida la persona en un servicio previo, si las
hubiese.
1.6 Un diagnóstico psiquiátrico en sus cinco (5) ejes, según el DSM-IV-TR 0 según
el manual clÃnico vigente al momento; y
1.7 Un cernimiento de sustancias por un consejero de adicciones, cuando sea
clÃnicamente indicado, para descartar o evaluar el abuso y/o dependencia a
sustancias; y
1.8 El historial clÃnico.