Regl. 8569, art. C-2 dup13
Responsabilidad de las Personas que Reciben Servicios de Salud Mental en
Length: 112 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-2 dup13
Puerto Rico.
2.1 Las personas que reciben servicios de salud mental deben cumplir con las siguientes
responsabilidades:
2.1.1 Asumir responsabilidad sobre su recuperación en la medida de sus
capacidades.
2.1.2 Participar en las actividades y programas de tratamiento 0 rehabilitación y
autosuficiencia, así como de otros programas de apoyo en la comunidad.
2.1.3 Los tutores 0 encargados de la persona que recibe servicios de salud mental,
tienen la responsabilidad de llevar a la persona a sus tratamientos, participar en
aquellas actividades, consejería y terapias familiares que le recomienden para el
progreso de la persona con trastornos mentales.
CAPITULO VI. SISTEMA DE CUIDADO DE SALUD MENTAL PARA ADULTOS
ARTICULO A. NIVELES DE CUIDADO