Regl. 8569, art. C-2 dup21
Los niveles o etapas de servicios que adopte la institución que ofrece servicios
Length: 51 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-2 dup21
transicionales deberán diseñarse de acuerdo con la severidad de los sÃntomas y signos,
el diagnóstico y el grado de supervisión requerida por el adulto entendiéndose como tales
los servicios de mayor supervisión, los servicios de supervisión moderada, los servicios
de supervisión mÃnima y los servicios en hogares propios o independientes.
101