Regl. 8569, art. C-2 dup29
Cuando se radique una Petición de Alta, el tribunal deberá señalar una vista
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dentro de los próximos cinco (5) dÃas siguientes a la radicación. El tribunal indicará la
fecha, hora y lugar en donde se habrá de celebrar la vista, enviando copia al adulto
peticionario, a su abogado, a su tutor y al Director de la institución proveedora.