Regl. 8569, art. C-6 dup7
Cuando el tribunal, a base de las recomendaciones del psiquiatra en consulta
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Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-6 dup7
con el equipo inter o multidisciplinario y la evidencia presentada, determine que no debe
continuar el ingreso involuntario, ordenará el alta inmediata del adulto. No obstante,
podrá ordenar la participación de la persona en otro nivel de cuidado menos restrictivo y
de mayor autonomÃa, de ser recomendado para asà evitar que el adulto se cause daño
inmediato a sà mismo, a otro o a la propiedad.