Regl. 8569, art. C-7 dup3

En el caso de menores de edad, el padre o madre con patria potestad o

Length: 169 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-7 dup3

custodia, 0 el tutor legal del menor que recibe servicios de salud mental, tendrá derecho a examinar, dentro de la institución, el expediente de dicho menor exclusivamente en lo relacionado a: 38 7.1 Diagnóstico; 7.2 Severidad; 7.3 Pronóstico; 7.4 Plan de tratamiento; 7.5 Medicamentos; 7.6 Recomendaciones a la familia; y 7.7 Cantidad y tipos de terapias ofrecidas. 7.8 El padre 0 madre con patria potestad O custodia, O el tutor legal del menor que recibe servicios de salud mental podrá obtener copia de los documentos arriba indicados O un resumen del expediente, sin incluir las notas de terapia O psicoterapia, mediando una solicitud escrita a tales efectos y el pago correspondiente de derechos, según dispuesto en la Sección 10 de este Artículo. 7.9 Cualquier otra información solicitada por estas personas deberá tener la autorización expresa del menor, si éste tiene catorce (14) años o más, O del tribunal cuando el menor no autoriza la inspección de la información solicitada O si el menor tiene trece (13) años O menos.
Regl. 8569, art. C-7 dup3: En el caso de menores de edad, el padre o madre con patria potestad o | Justis AI