Regl. 8569, art. C-8 dup7

El consentimiento de su padre o madre con patria potestad 0 custodia, de su

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Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. C-8 dup7

tutor legal 0 de la persona que tenga la custodia provisional del menor no será necesario para autorizar la consejería 0 psicoterapia, y de ser necesario, tratamiento de salud mental a dicho menor, y éstos no serán informados de tal intervención sin el consentimiento del menor, excepto en los casos en que el psiquiatra de niños y adolescentes, psiquiatra, médico, psicólogo, trabajador social, consejero profesional 0 cualquier otro profesional de la salud identifique que el menor está en riesgo de que pueda causarse daño a sí mismo, a otros O a la propiedad.
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