Regl. 3428, art. III
SERVICIOS QUE OFRECERA EL LABORATORIO Y COSTO RAZONABLE A SER
Cite as Reglamento Núm. 3428, Art. III
RECOBRADO
El Director del Area de Servicios Veterinarios en coordinación con el
Director (a) del Laboratorio estableceran y publicaran una lista de los servicios que prestará el laboratorio y la cantidad razonable que será cobrada
por los mismos.
Esta Lista de Servicios y Costos será revisada trimestralmente O antes, de
acuerdo a las necesidades del laboratorio y los cambios en costos por concepto
de reactivos y materiales de analisis. La lista una vez certificada por el
Secretario será la guÃa para el cobro por servicios a los usuarios.