Regl. 8569, art. L-2 dup14
El menor será evaluado de inmediato por el psiquiatra de niños y adolescentes
Length: 51 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8569, Art. L-2 dup14
O en su ausencia, por el psiquiatra general, previo consulta con el psiquiatra de niños y
adolescentes y con el equipo inter O multidisciplinario de la institución proveedora, para
establecer el diagnóstico y determinar el nivel de cuidado que corresponda a la severidad
de los sÃntomas y signos en el momento.