Regl. 3439, art. I

- Se enmienda la "Exposición de Motivos" del "Reglamento Para

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Cite as Reglamento Núm. 3439, Art. I

Reglamentar la Alimentación de Cerdos con Desperdicios A Fin de Evitar la Transmision de Enfermedades al Hombre O a Los Animales", aprobado en 21 de noviembre de 1962, para que lea como sigue: "Exposición de Motivos" La alimentación de cerdos con desperdicios crudos es una práctica peligrosa que tiende a propagar ciertas enfermedades y constituye una amenaza para toda la industria de ganado porcino en Puerto Rico. Estos desperdicios generalmente están contaminados con bacterias, parásitos, virus u hongos perjudiciales a la salud de los animales que los ingieran crudos. La alimentación de animales con desperdicios crudos puede ser la causa de muchas enfermedades infecciosas tales como el cólera porcino, tuberculosis, brucelosis y otras enfermedades parasíticas de los animales. Se ha probado definitivamente, además, que la alimentación de animales con desperdicios crudos puede trasmitir enfermedades tales como la triquinosis y otras enfermedades parasíticas del hombre, constituyendo así una amenaza a la salud pública. Sin embargo, los desperdicios no deben perderse, ya que se reconoce que pueden servir de alimento para los cerdos, y de hecho, en Puerto Rico muchas empresas de crianza de cerdos los utilizan como fuente importante de alimento. Estos desperdicios deben ser hervidos a fin de proteger la salud IN pública y la propia industria de cerdos en Puerto Rico. Este Reglamento es parte de un amplio programa encaminado a evitar la /tales entrada y propagación en Puerto Rico de enfermedades como el cólera porcino y la fiebre porcina africana, enfermedades que podrían causar cuantiosas pérdidas económicas a nuestros criadores de cerdos."
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