Regl. 8576, art. 2

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 8576, Art. 2

El propósito de este Reglamento es establecer la política administrativa que regirá en la adquisición de todos los bienes, servicios, materiales, equipos, piezas y obras en las agencias que comprenden la Comisión de Seguridad y Protección Pública, en adelante "la Comisión". Además adoptar el Código de Ética para Contratistas, Proveedores de Bienes y Servicios, y Solicitantes de Incentivos Económicos e incorporar las disposiciones para el uso del Registro Único de Licitadores, de la Administración de Servicios Generales o el uso de procedimientos establecidos por la Comisión, para la tramitación de las compras de bienes y servicios, a tenor con la reglamentación vigente expedida para tales propósitos. Artículo 3. Política Pública sobre no Discrimen por Razón de Género La Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, prohíben el Discrimen por razón de Género. La Comisión se reafirma en esta política pública. Por tanto, en este Reglamento deberá entenderse que todo término utilizado para referirse a una persona alude a ambos géneros. 2 Artículo 4. Base Legal Este Reglamento se adopta en virtud de las siguientes leyes: A. Ley Núm. 5 de 6 de abril de 1993, conocida como Ley para la Reorganización de la Rama Ejecutiva, los Departamentos y las Agencias del Gobierno del Estado Libre Asociado y el Plan de Reorganización Número 2 de 19 de diciembre de 1993, aprobado en virtud de la misma. B. Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, conocida como Ley de la Policía de Puerto Rico. C. Ley Núm. 43 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como Ley Orgánica del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. D. Ley Núm. 211 de 2 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres en Puerto Rico. E. Ley Núm. 84 de 18 de junio de 2002, conocida como Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitudes de Incentivos Económicos de las Agencias Ejecutivas del ELA. F. Ley Núm. 85 de 18 de junio de 2002, conocida como Para Añadir a los Artículos 2 y 14 de la Ley Núm. 164 de 1974: Ley de la Administración de Servicios Generales. G. Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico. 3 H. Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. I. Ley Núm. 42 de 5 de agosto de 1989, conocida como Ley de Política Preferencial para las Compras del Gobierno.
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