Regl. 8576, art. 63.1-32

Notificación

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Cite as Reglamento Núm. 8576, Art. 63.1-32

La Comisión de Seguridad y Protección Pública notificará al Secretario de Justicia toda orden 0 resolución final por violaciones al Código de Ética, para que se publique y se inscriba como constancia de la penalidad en el Registro Público que instituye la Ley Núm. 458 del 29 de diciembre de 2000, según enmendada.
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