Regl. 8576, art. 63.1-32
Notificación
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Cite as Reglamento Núm. 8576, Art. 63.1-32
La Comisión de Seguridad y Protección Pública notificará al Secretario de Justicia
toda orden 0 resolución final por violaciones al Código de Ética, para que se publique y
se inscriba como constancia de la penalidad en el Registro Público que instituye la Ley
Núm. 458 del 29 de diciembre de 2000, según enmendada.