Regl. 8578, art. 4
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8578, Art. 4
Los siguientes términos usados en este Reglamento tendrán el significado que
a continuación se expresa:
A. Beneficiador: Persona que es dueña, administradora 0 encargada de un
establecimiento para recibir, comprar, O beneficiar el fruto del café maduro y
verde a escala comercial para someterlo al proceso de limpieza, lavado,
despulpado y secado, que lo deja en su condición de café seco con cáscara 0
pilado.
B. Café: Incluye el café en cáscara O pergamino, el pilado, el tostado y el molido;
el suelto y el envasado en bolsas, latas O cualquier otro tipo de envase; y el
producido 0 elaborado localmente y el importado
C. Caficultor O Productor: Toda persona propietaria, arrendataria, usufructuaria O
medianero que por sí, 0 a través de sus agentes, representantes, encargados,
administradores, empleados u otras personas, destina sus tierras, en todo 0 en
parte, a la actividad agrícola de siembra, cultivo, cosecha 0 elaboración de café.
D. Departamento: Departamento de Asuntos de Asuntos del Consumidor.
E. Incentivos: Se considerarán incentivos todas aquellas ayudas económicas,
técnicas, subsidios o material que sirva para la actividad agrícola, que reciba la
industria del café a través del Departamento de Agricultura de Puerto Rico.
F. Lista de precios: Lista preparada por el Departamento; contiene una relación
de productos controlados en orden alfabético y el precio máximo
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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO
Departamento de Asuntos del Consumidor
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE PRECIOS DEL CAFÉ
correspondiente.
G. Persona: Incluye a las naturales y a las jurídicas; cualquier individuo,
corporación, sociedad, asociación O cualquier otro grupo O sucesores legales
representantes de los anteriores.
H. Radicar en el Departamento: Puede hacerse por correo certificado con acuse
de recibo, mediante entrega personal al funcionario designado por el
Secretario, O a través de una dirección electrónica previamente identificada y
autorizada por el Departamento.
I. Récords: Libros de cuentas, lista de precios, notas de ventas, órdenes,
comprobantes, contratos, recibos, facturas, conocimientos de embarque, y
otros documentos relacionados a la industria del café.
J. Secretario: Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
K. Torrefactor: Toda persona que es dueña, administradora o encargada de un
establecimiento para recibir, comprar, tostar, moler, envasar y vender café a
establecimientos para la venta al consumidor 0 al distribuidor.