Regl. 8583, art. III
- APLICABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 8583, Art. III
Este Reglamento será aplicable a todos los miembros de la población
correccional, adultos y jóvenes adultos, recluidos en todas las instituciones O
facilidades correccionales bajo la jurisdicción del Departamento de Corrección y
Rehabilitación y a todos los empleados del Departamento de Corrección y
Rehabilitación, en lo que respecta al cumplimiento de sus deberes y
obligaciones.