Regl. 8583, art. VIII
RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS
Length: 233 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8583, Art. VIII
1.
Será responsabilidad de todos los empleados del Departamento de
Corrección y Rehabilitación, que tengan a su cargo la implantación
u observación de este Reglamento, cumplir con las disposiciones
del mismo.
2.
El proveer intencionalmente información falsa o incompleta, podrá
servir de base para acciones disciplinarias contra el empleado que
incurra en tal conducta.
3.
El superintendente de la institución, encargado del Hogar de
Adaptación Social, coordinador del Centro de Tratamiento
Residencial, supervisor del área concernida, Director Médico y
supervisor de servicios de alimentos serán responsables de que
17
todo el personal bajo su supervisión cumpla con todas las
disposiciones y términos del presente Reglamento. De no
cumplirse con el término reglamentario para emitir respuesta a la
solicitud de remedio, se emitirá una notificación de vencimiento al
término reglamentario para que tome acción en siete (7) dÃas
laborables. De no recibirse la respuesta en el término dispuesto,
se le enviará copia al Coordinador quien a su vez remitirá la copia
al Jefe de Programas del Negociado de Instituciones
Correccionales en Nivel Central. Éste notificará al Director
Regional por conducto del Secretario Auxiliar en Programas y
Servicios sobre el incumplimiento del Reglamento.
4.
El incumplimiento de este Reglamento será notificado al Secretario
del Departamento de Corrección y Rehabilitación, por conducto del
Secretario Auxiliar en Programas y Servicios, para que actúe
conforme al Manual de Medidas Disciplinarias para Empleados del
Departamento de Corrección y Rehabilitación.