Regl. 8583, art. X
- CONFIDENCIALIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 8583, Art. X
1.
Todo documento que forme parte del expediente de la División
será considerado como confidencial. Solamente el personal de la
División de Remedios Administrativos tendrá acceso al archivo del
mismo. Cualquier otra persona que interese revisar alguno de los
expedientes, deberá realizar la solicitud por escrito, dirigida al Jefe
de Programas del Negociado de Instituciones Correccionales,
informando el propósito; incluirá la Hoja de Relevo de Divulgación
de Información firmada por el miembro de la población
correccional, autorizando el acceso.
2.
Todo expediente del archivo deberá ser removido de la oficina
regional O del archivo de la Oficina Central por un empleado de la
División, únicamente para asuntos oficiales y con autorización del
Jefe de Programas del Negociado de Instituciones Correccionales.
23
El envío del expediente se realizará en un sobre sellado por
personal autorizado, debidamente identificado y entregado a la
mano al destinatario.