Regl. 8583, art. XI

PROHIBICIÓN CONTRA REPRESALIAS

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Cite as Reglamento Núm. 8583, Art. XI

1. No se tomarán represalias contra los miembros de la población correccional, que de alguna manera soliciten O participen de los servicios de la División. 2. No obstante, de evidenciarse que el miembro de la población correccional proveyó información falsa durante cualquier etapa de este procedimiento, podrá ser causa suficiente para radicar acciones disciplinarias contra éste. 3. La Agencia puede disciplinar a un confinado por presentar una queja relacionada con un supuesto violencia sexual cuando el organismo puede demostrar que el recluso presentó la queja de mala fe. (115.52-g)
Regl. 8583, art. XI: PROHIBICIÓN CONTRA REPRESALIAS | Justis AI