Regl. 8605, art. I

BASE LEGAL

Length: 288 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8605, Art. I

Este Reglamento se divulga al amparo de la Ley Núm. 80 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como la Ley del Centro de Recaudación del Centro de Ingresos Municipales. Esta ley le otorga a la Autoridad Nominadora la facultad de aprobar y promulgar normas, reglamentos y directrices para ejercer los poderes otorgados y regir sus actividades para su funcionamiento. Se adopta este reglamento para cumplir con la Ley Núm. 238 de 31 de agosto de 2004, la cual establece que la población con impedimentos debe tener acceso y disfrutar en igualdad de condiciones de la oferta y la demanda de los servicios públicos, sujeto a la jurisprudencia federal y estatal o la legislación aplicable para la prestación de los servicios públicos en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. De igual manera, este Reglamento se divulga para hacer cumplir la Ley Núm. 51 del 4 de julio de 2001, según enmendada, conocida como la "Ley para establecer la obligación de las Entidades y Corporaciones Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para crear un sistema de Fila de Servicio Expreso" y la Ley Núm. 354 del 2 de septiembre de 2000, según enmendada, mejor conocida como la "Ley para ordenar a las Entidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus municipios y entidades privadas que reciban fondos públicos, conceder turnos de prioridad a personas con limitaciones físicas, mentales 0 sensoriales". Asimismo, para el cumplimiento de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico" así como las Leyes Núm. 107 del 3 julio de 1998 y 108 del 12 de julio de 1985, según enmendadas.
Regl. 8605, art. I: BASE LEGAL | Justis AI