Regl. 8606, art. VIII dup2
I - Deberes y Facultades del Director Ejecutivo
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Cite as Reglamento Núm. 8606, Art. VIII dup2
El Director Ejecutivo tendrá los siguientes deberes y facultades:
1. Designar a los miembros del Comité, a sus alternos y al Presidente.
2. Proponer al Comité la Solicitud de Propuesta de Disposición por Subasta
Negociada.
3. Aprobar 0 rechazar las recomendaciones del Comité para la disposición de una
propiedad en un término no mayor de treinta (30) días.
4. Aprobar o rechazar la recomendación del Comité de contratar compañías
externas para la venta y disposición de propiedades, realizar estudios de títulos y
diligenciamiento personal.
5. Notificar al contribuyente mediante carta certificada, el resultado final de la
subasta, dentro de un período no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha de
la celebración de la subasta.
6. Mantener a la Junta de Gobierno informada de los informes de propiedades
recomendadas para venta por debajo del monto del importe contributivo.
7. Cualquier otra gestión que la Junta de Gobierno le encomiende.