Regl. 8606, art. VIII dup2

I - Deberes y Facultades del Director Ejecutivo

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Cite as Reglamento Núm. 8606, Art. VIII dup2

El Director Ejecutivo tendrá los siguientes deberes y facultades: 1. Designar a los miembros del Comité, a sus alternos y al Presidente. 2. Proponer al Comité la Solicitud de Propuesta de Disposición por Subasta Negociada. 3. Aprobar 0 rechazar las recomendaciones del Comité para la disposición de una propiedad en un término no mayor de treinta (30) días. 4. Aprobar o rechazar la recomendación del Comité de contratar compañías externas para la venta y disposición de propiedades, realizar estudios de títulos y diligenciamiento personal. 5. Notificar al contribuyente mediante carta certificada, el resultado final de la subasta, dentro de un período no mayor de treinta (30) días a partir de la fecha de la celebración de la subasta. 6. Mantener a la Junta de Gobierno informada de los informes de propiedades recomendadas para venta por debajo del monto del importe contributivo. 7. Cualquier otra gestión que la Junta de Gobierno le encomiende.