Regl. 8606, art. VIII dup3

II Deberes y Facultades del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 8606, Art. VIII dup3

El Comité tendrá los siguientes deberes y facultades: 1. Evaluar las ofertas y recomendar la adjudicación de las subastas al Director Ejecutivo. Centro de Recaudación de Ingresos Municipales Reglamento para el Cobro, Embargo y Disposición de Propiedades Página 16 de 32 2. Enviar el expediente del caso objeto de subasta a la División de Cobro y Embargo para su archivo. 3. Adoptar mecanismos gerenciales que garanticen el mejor funcionamiento y agilización de las subastas. 4. Someter recomendaciones al Director Ejecutivo sobre posibles revisiones y/o enmiendas a este Reglamento o a los procedimientos establecidos para el mantenimiento y disposición de propiedades embargadas. 5. Someter ante la consideración del Director Ejecutivo mecanismos alternos para la disposición de las propiedades embargadas. Esto incluye recomendar la contratación de compañías externas para la celebración de subasta, realizar estudios de título y diligenciamiento personal.
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