Regl. 8606, art. XI dup2
Condiciones y Requisitos
Length: 103 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8606, Art. XI dup2
Artículo XI.I Quienes no podrán participar
1. No podrán ser licitadores los miembros de la Junta de Gobierno, ni los municipios
que suscriban convenios de trabajo con el CRIM, ni los empleados del CRIM, ni sus
familiares en cuarto grado de consanguinidad 0 en segundo grado de afinidad.
2. Las personas mencionadas en el Inciso (1) tampoco podrán adquirir 0 comprar la
propiedad, al licitador agraciado 0 cualquier comprador posterior, en un periodo
de dos (2) años contados desde la fecha de adjudicación de la propiedad.
3. El licitador deberá estar libre de deudas en el CRIM y deberá presentar una
certificación negativa.