Regl. 8606, art. XI dup4

III Solicitud de Propuestas

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Cite as Reglamento Núm. 8606, Art. XI dup4

1. Las proposiciones deberán ser remitidas por correo certificado al Comité personalmente en las Oficinas Centrales del CRIM. 2. La proposición debe expresar el nombre de la persona que somete la propuesta, la cantidad por la cual le interesa adquirir la propiedad y cualquier detalle que resulte pertinente para la eventual adjudicación de la oferta. 3. Para evaluar las ofertas el Comité podrá llevar a cabo entrevistas con la(s) persona(s) interesada(s) que haya(n) sometido una oferta. Además, podrá solicitar cualesquiera documentos que resulten adecuados para la adjudicación. Toda entrevista relacionada a ofertas bajo los procedimientos de subastas de propiedades 0 de Solicitud de Propuestas deberá realizarse en presencia de todos los oferentes. 4. El Comité podrá recibir ofertas de compra directa sin necesidad de haber puesto en venta las propiedades. No obstante, la venta siempre estará sujeta a que el CRIM le notifique a otros posibles compradores según se dispone en este Reglamento. 5. Vencida la fecha límite para la radicación de proposiciones, el licitador no podrá en ningún momento y bajo ninguna circunstancia enmendar 0 salvar su proposición. 6. Las proposiciones deberán dirigirse en sobre cerrado al Comité, incluyendo el depósito de buena fe, que dispone este Reglamento. 7. No se considerarán proposiciones con la cantidad cotizada alterada, a menos que la misma contenga las iniciales del licitador. 8. No se considerarán proposiciones que no estén firmadas. En los casos en que el licitador no pueda o no sepa firmar deberá presentar con su proposición una Declaración Jurada que adjudique ese hecho. 9. Celebradas las subastas, las proposiciones pasarán a ser propiedad del CRIM. Centro de Recaudación de Ingresos Municipales Reglamento para el Cobro, Embargo y Disposición de Propiedades Página 24 de 32 10. El licitador que desee retirar su proposición 0 hacer alguna corrección de la misma, deberá hacerlo antes de la fecha límite establecida para la radicación. 11. Cualquier error cometido en las proposiciones, será responsabilidad únicamente del licitador. 12. Las proposiciones que no vengan acompañadas del depósito establecido, serán rechazadas. 13. Las proposiciones deberán radicarse por lo menos veinticuatro (24) horas antes de la fecha y hora pautada para la celebración de la subasta por propuesta. Luego de transcurrido dicho término serán rechazadas.
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