Regl. 3465, art. XVIII dup2
ANTICIPOS E INSPECCIONES EN CONSTRUCCIONES, AM-
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Cite as Reglamento Núm. 3465, Art. XVIII dup2
PLIACIONES Y/O MEJORAS
Las inspecciones del hogar a construirse, ampliarse y/o ser
objeto de mejoras, y los anticipos de dinero a desembolsarse por
tales conceptos, se regirán por las siguientes disposiciones:
A. Compra de solar y construcción
1. Primer Desembolso El prestatario solicitará la inspección al Sistema una vez la zanjas estén abiertas, puestas todas
las parrillas y varillas de los muros de las zapatas; todo ello
antes de vaciarse 0 echarse el hormigón. Una vez inspeccionada
y aprobada por el tasador, el Sistema desembolsará el 10% del
importe de la partida retenida para la construcción.
2. Segundo Desembolso El prestatario solicitará la
inspección al Sistema cuando la losa del piso, las columnas y
paredes de bloques estén construidas. Una vez inspeccionada y
aprobada, el Sistema desembolsará el 20% del importe de la partida retenida para la construcción.
3. Tercer Desembolso El prestatario solicitará inspección cuando ya tenga lista el falso piso del techo con envari-
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llado, pero antes de vaciar el hormigón. Si la construcción es
de una sola planta, una vez inspeccionado y aprobado, se hará
el tercer desembolso por el 25% del importe de la partida retenida para la construcción. Si la obra es de dos 0 más plantas,
el prestatario deberá solicitar inspección para cada una de ellas,
y el tercer desembolso se hará prorrateado en tantas partes como
pisos lleve la construcción.
4. Cuatro Desembolso El prestatario solicitará inspección cuando la construcción este empañetada por completo, por
dentro y por fuera; todas las ventanas y los marcos de las puertas
instaladas. Si la construcción es de una sola planta, aprobada
la inspección se hará el cuarto desembolso del 25% del importe
de la partida retenida para construcción. Si la obra es de dos
0 más plantas se seguirá la norma expuesta en el inciso 3 precedente en cuanto a la forma de pago.
5. Quinto Desembolso El prestatario solicitará inspección cuando la casa esté lista para ser habitada. El prestatario
presentará al Sistema el permiso de uso expedido por A.R.P.E., y
el Sistema procederá al quinto y altimo desembolso del 20% de
la partida retenida para la construcción.
En todas las inspecciones se deberá tener el plano de construcción disponible para el uso del Tasador del Sistema.
El Evaluador de Bienes 0 Tasador vendrá obligado a rendir
al Sistema, un informe responsable y veridico sobre lo cumplido
por el prestatario al finalizar cada una de las etapas descritas.
Estas deberán ser presentadas antes de proceder a realizar
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los susodichos desembolsos.
B. construcción en solar propio
Cuando de construcciones de hogares en solares adquiridos
previamente por el prestatario se refiera, y donde el Sistema
no haya invertido, ni en la compra ni en pagar deudas sobre
dicho solar, los desembolsos del dinero retenido para la construcción se efectuarán de la siguiente forma:
1. En la misma proporción y bajo las mismas condiciones
contempladas en el inciso A precedente, pero por paso adelantado.
Es decir, al comienzo de la etapa, y no al final de la misma; con
excepción de el altimo pago, cuyo desembolso siempre se hará
previa la presentación del permiso de uso correspondiente.
C. Ampliaciones
Cuando de ampliaciones se trate, los desembolsos del dinero
retenido para la ampliación se regirán por las disposiciones contempladas en los incisos A y B precedentes, s segán sea el caso.
D. Mejoras
Cuando de mejoras se trate, los desembolsos del dinero retenido para dichos propósitos se efectuarán en tantas etapas como
determine el Tasador al efectuar la tasación, tomando en consideración la magnitud y naturaleza de las mismas.
Las antes mencionadas disposiciones servirán de guia para el
desembolso del dinero retenido, y no deberán convertirse en normas
inflexibles que lleven a tranques entre el Sistema y el prestatario. El tasador-inspector podrá hacer uso de su discreción en
aquellos casos donde condiciones particulares asi lo ameriten,
teniendo siempre como guÃa la defensa de los intereses del Sistema.
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