Regl. 8611, art. 13
Duración y cuantía
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Cite as Reglamento Núm. 8611, Art. 13
La Junta de Directores podrá conceder ayuda económica para estudios de corta duración 0 año
académico, cual sea el caso, y podrá conceder ayuda económica de duración variable para asistir a
eventos internacionales educativos en representación de Puerto Rico 0 de la Corporación.
Para determinar la cuantía de la ayuda económica a ser concedida, la Junta de Directores
considerará la naturaleza e importancia de la actividad, los méritos y la disponibilidad de fondos.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA
DE ASISTENCIA ECONÓMICA
CORPORACIÓN DE LAS
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Artes Musicales
CERTIFICACIÓN NÚMERO 04-2015
No habrá renovación automática de asistencia económica. Cada becario deberá solicitar dicha
ayuda dentro del plazo fijado en este Reglamento.