Regl. 8612, art. 11

Compra en caso de emergencia

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Cite as Reglamento Núm. 8612, Art. 11

A. En casos de emergencia que haya sido determinada por el Director Ejecutivo, habiendo recibido el aval de una mayoría de los miembros que compongan ese momento la Junta de Directores, se solicitará al menos tres (3) ofertas para la adquisición de bienes 0 servicios REGLAMENTO DE COMPRAS CORPORACIÓN DE LAS PÁGINA 17 DE 52 CERTIFICACIÓN NÚMERO 05-2015 Artes Musicales no personales sin necesidad de mediar anuncio de subasta. B. Toda declaración de emergencia y compras en virtud de la misma deben estar debidamente justificadas en el expediente de la adquisición. Si se obtienen menos de tres (3) ofertas, se justificarán las razones en el expediente. C. Una vez se obtengan las ofertas, el Director Ejecutivo 0 el funcionario 0 empleado en quien él delegue, seleccionará el proveedor que someta la mejor oferta. Esta función se ejercerá con extremo cuidado y ponderación, a tenor con los mejores intereses de la Corporación y sus subsidiarias. Las compras de emergencia podrán hacerse a un solo proveedor, siempre que constituya la solución más rápida, efectiva y económica dentro de la circunstancias, y éstas consten en el expediente.
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