Regl. 8612, art. 20 dup2
Vacaciones de los custodios de la caja menuda
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Cite as Reglamento Núm. 8612, Art. 20 dup2
A.
Cada custodio de la caja menuda comunicará a su supervisor inmediato su intención de
REGLAMENTO DE COMPRAS
CORPORACIÓN DE LAS
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CERTIFICACIÓN NÚMERO 05-2015
Artes Musicales
solicitar vacaciones con por lo menos tres (3) semanas de anterioridad. Una vez
aprobadas las vacaciones, se le asignará a un contador para que realice el arqueo de la caja
menuda para que se proceda a cerrar la misma.
B.
El Director Ejecutivo designará, por escrito, el sustituto que custodiará la caja menuda de
la Corporación 0 alguna de sus subsidiarias, según aplique, durante las vacaciones del
incumbente. Además, autorizará por escrito al Director de Finanzas para que proceda con
la apertura de un nuevo fondo para el sustituto.
C.
Una vez se incorpore el incumbente, se notificará al Director de Finanzas para que éste, a
su vez, designe un contador para que realice un arqueo del sustituto para proceder a
cerrar su caja menuda. El Director Ejecutivo procederá a nombrar nuevamente al
incumbente por escrito y autorizará al Director de Finanzas para que procesa con la
apertura de la nueva caja menuda para el incumbente.
Parte V. SOLICITUD DE PROPUESTAS SELLADAS (RFP)